Evaluación del aditivo E 170 como aditivo alimentario en productos para lactantes

Re‐evaluación del carbonato de calcio (E 170) como aditivo alimentario en productos para lactantes menores de 16 semanas y seguimiento de su re‐evaluación como aditivo alimentario para usos en alimentos destinados a todos los grupos de población

Categoría

Investigaciones científicas

Tipo de documento

Neutral (informativo)

País / organización

EFSA Journal

El carbonato de calcio (E 170) fue re‐evaluado en 2011 por el antiguo comité de EFSA sobre aditivos alimentarios y fuentes de nutrientes añadidos a los alimentos (ANS).

Como seguimiento de esta evaluación, se solicitó al comité de aditivos alimentarios y aromatizantes (FAF) que evaluara la seguridad del carbonato de calcio (E 170) para su uso como aditivo alimentario en productos para lactantes menores de 16 semanas, en particular en la categoría de alimentos 13.1.5.1 (alimentos dietéticos para lactantes con fines médicos especiales y fórmulas especiales para lactantes) y como arrastre de acuerdo con el Anexo III, Parte 5, Sección B del Reglamento (CE) n.º 1333/2008.

Además, se solicitó al comité FAF que abordara las cuestiones ya identificadas durante la re‐evaluación del aditivo alimentario cuando se utiliza en alimentos para la población general. El proceso incluyó la publicación de una convocatoria de datos para permitir que los operadores económicos interesados (IBOs) aportaran la información solicitada para completar la evaluación de riesgos.

El comité concluyó que no es necesario un valor numérico de ingesta diaria admisible (ADI) para el carbonato de calcio y que, en principio, no existen preocupaciones de seguridad con respecto a la exposición al carbonato de calcio per se en los usos y niveles de uso actualmente reportados en todos los grupos de edad de la población, incluidos los lactantes menores de 16 semanas.

Con respecto a la ingesta de calcio resultante del uso de E 170 en alimentos para la población general y lactantes menores de 16 semanas, el comité concluyó que representa solo una pequeña parte de la exposición dietética total al calcio.

Sin embargo, la presencia inevitable de aluminio en E 170 es motivo de preocupación y debe abordarse.

Además, el comité concluyó que los datos técnicos proporcionados por los IBO respaldan nuevas modificaciones de las especificaciones para E 170 establecidas en el Reglamento (UE) n.º 231/2012 de la Comisión.