Reevaluación de los ésteres de glicerol de la colofonia de madera (aditivo alimentario E 445) como aditivo alimentario
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El presente dictamen aborda la reevaluación de los ésteres de glicerol de la colofonia de madera (GEWR, aditivo alimentario E 445) cuando se utilizan como aditivo alimentario.
En lo que respecta a los GEWR procedentes de Pinus palustris (pino de hoja larga) y Pinus elliottii (pino elliottii), sobre la base del conjunto de datos toxicológicos disponibles y dada la ausencia de datos sobre toxicidad reproductiva y del desarrollo, el Comité concluyó que la ingesta diaria admisible (ADI) actual de 12,5 mg/kg de peso corporal al día para los GEWR (aditivo alimentario E 445), establecida por el Comité Científico de la Alimentación Humana (SCF) en 1994, debería considerarse temporal a la espera de que se proporcionen dichos datos. Esta evaluación se limita a los GEWR derivados de P. palustris y P. elliottii y con una composición química conforme a la de los GEWR utilizados en los ensayos toxicológicos.
El Comité concluyó que los niveles medios y altos de exposición (P95) en el escenario refinado de exposición para consumidores fieles a una marca no superaron la ADI temporal en ninguno de los grupos de población a partir del uso de GEWR (aditivo alimentario E 445) como aditivo alimentario en los niveles de uso declarados. En cuanto a los GEWR procedentes de Pinus halepensis y Pinus brutia, el Comité observó que se desconocen las concentraciones de las fracciones de «monoésteres de glicerol», «ácidos resínicos libres» y «sustancias neutras», que se consideran de especial relevancia toxicológica; por lo tanto, no es posible evaluar la equivalencia química con los GEWR procedentes de P. palustris y P. elliottii; no se disponía de datos sobre estabilidad; y no se disponía de datos toxicológicos. En consecuencia, el Comité concluyó que no podía realizarse una evaluación de la seguridad de los GEWR procedentes de P. halepensis y P. brutia.
El Comité recomendó a la Comisión Europea que considerara la actualización de la definición de los GEWR (aditivo alimentario E 445) en las especificaciones de la UE. Debería indicarse que los GEWR (aditivo alimentario E 445): (i) contienen, además de los mencionados diésteres y triésteres de glicerol, una fracción residual de monoésteres de glicerol; y (ii) contienen ácidos resínicos libres residuales y sustancias neutras (otras sustancias no ácidas, saponificables y no saponificables).